Repsol (REP) comunicó a la CNMV que el consejero delegado, de conformidad con la delegación efectuada a su favor por el Consejo de Administración de REP, acordado poner en marcha el Programa de Recompra al amparo de la Autorización de la Junta. El Programa de Recompra será realizado en los términos que se indican a continuación:
1. Objetivo del Programa de Recompra. El único propósito del Programa de Recompra es adquirir las acciones propias que habrán de amortizarse en el marco de la Reducción de Capital acordada por el Consejo de Administración al amparo del Acuerdo de la Junta.
2. Inversión máxima del Programa de Recompra y número máximo de acciones a adquirir al amparo del Programa. La inversión máxima neta del Programa asciende a 500.000.000 euros. A efectos del cálculo del importe de la Inversión Máxima, se computará únicamente el precio de adquisición de las acciones. El número máximo de acciones a adquirir al amparo del Programa de Recompra dependerá del precio medio al que se realicen las compras, pero no excederá de 37.500.000 acciones.
3. Condiciones de precio y volumen. La adquisición de las acciones se realizará a precio de mercado de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado. En particular, en lo que se refiere al precio, Repsol no comprará acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (i) el precio de la última operación independiente; o (ii) la oferta independiente más alta de ese momento en los centros de negociación donde se efectúe la compra. En lo que respecta al volumen de contratación, Repsol no comprará más del 25% del volumen medio diario de las acciones de Repsol en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra. El volumen medio diario de las acciones de la Sociedad a los efectos del cómputo anterior tendrá como base el volumen medio diario negociado en los 20 días hábiles anteriores a la fecha de cada compra.
4. Plazo de duración del Programa de Recompra. El Programa de Recompra comenzará el día 3 de agosto de 2026 y permanecerá vigente hasta el 29 de octubre de 2026.